¿La Primera Infancia en El Salvador?
El Programa de Atención Integral a la Primera Infancia tiene como finalidad favorecer el desarrollo físico, cognoscitivo, afectivo y social de las niñas y niños de seis meses a 7 años de edad, promoviendo su desarrollo integral e involucrando la participación activa de la familia, la comunidad y otros actores locales.
¿Los Niños son Sujetos de Derechos?
Todas las niñas, niños y adolescentes son sujetos plenos de derechos.
Los derechos, garantías y obligaciones reconocidos en la presente Ley son aplicables a toda persona desde el instante de la concepción hasta que cumpla los dieciocho años de edad, y serán ejercidos directamente por las niñas, niños y adolescentes, tomando en consideración el desarrollo evolutivo de sus facultades, la dirección y orientación apropiada de su madre y padre o responsable y las limitaciones establecidas en la presente Ley.
¿Cual es el Deber del Estado con Nuestros Niños ?
Es deber del Estado adoptar todas las medidas administrativas, legislativas y
de otra índole para dar efectividad a los derechos y deberes reconocidos en la presente Ley; especialmente aquellas destinadas a proteger y fortalecer a la familia.
El Estado tiene la obligación de invertir en Primera Infancia, niñez y adolescencia
y deberá garantizar la asignación de recursos necesarios en las áreas de salud, educación y protección, incrementando de manera gradual y de acuerdo a la disponibilidad de recursos del Estado; para ello, diseñará programas presupuestarios que garanticen la entrega eficiente, oportuna y sostenida de los servicios destinados a su desarrollo integral. Art. 8 de la Ley Crecer Juntos.
ENTORNOS PROTECTORES!
LA FAMILIA
La familia se define como grupo de personas, vinculadas generalmente por lazos de parentesco, ya sean de sangre o políticos, e independientemente de su grado, que hace vida en común, ocupando normalmente la totalidad de una vivienda.
EDUCACIÓN
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a una educación de calidad, inclusiva e integral desde la Primera Infancia, que garantice el aprendizaje hasta alcanzar su máximo potencial de desarrollo.
El Estado debe garantizar este derecho mediante el desarrollo de políticas educativas inclusivas e integrales para asegurar una educación plena y de alta calidad. En consecuencia, deberá asignar los recursos económicos suficientes para facilitar las acciones destinadas al cumplimiento de este derecho, incluyendo el acceso equitativo e inclusivo al entorno digital.
Grupo 8
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